CCyC

Artículo 2382. Peticion por varios interesados

Cuando varios coparticipes solicitan la atribucion preferencial, el juez decide considerando la aptitud de los postulantes. Este articulo regula la competencia entre herederos por bienes preferenciales.

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Texto Legal

- Petición por varios interesados. Si la atribución preferencial es solicitada por varios copartícipes que no acuerdan en que les sea asignada conjuntamente, el juez la debe decidir te-niendo en cuenta la aptitud de los postulantes para continuar la explotación y la importancia de su participación personal en la actividad.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo puede generar disputas entre herederos, por lo que es importante tener claridad sobre las capacidades de cada uno para evitar conflictos en la particion.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 2382 del CCyC?

Cuando varios coparticipes solicitan la atribucion preferencial, el juez decide considerando la aptitud de los postulantes. Este articulo regula la competencia entre herederos por bienes preferenciales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 2382 de la CCyC?

Este articulo puede generar disputas entre herederos, por lo que es importante tener claridad sobre las capacidades de cada uno para evitar conflictos en la particion.

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