Si hay evicción de la cosa fungible, el legatario puede reclamar otra de la misma especie. En legados alternativos, puede pedir otro bien de la lista.
- Evicción en el legado de cosa fungible y en el legado alternativo. Si ocurre la evicción de la cosa fungible entregada al legatario, éste puede reclamar la entrega de otra de la misma especie y calidad. Si el legado es alternativo, producida la evicción del bien entregado al legatario, éste puede pedir alguno de los otros comprendidos en la alternativa.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es vital que los legatarios conozcan su derecho a reclamar bienes alternativos en caso de evicción, asegurando así que no queden desprovistos de lo que les corresponde.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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