CCyC

Artículo 2513. Testamento posterior

Un testamento posterior revoca al anterior a menos que confirme expresamente las disposiciones del primero. Esto establece un orden claro en la voluntad del testador.

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Texto Legal

- Testamento posterior. El testamento posterior revoca al anterior si no contiene su confirmación expresa, excepto que de las disposiciones del segundo resulte la voluntad del testador de mantener las del primero en todo o en parte.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es esencial revisar la existencia de testamentos anteriores para evitar conflictos en la sucesión y asegurar que se respete la última voluntad del testador.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 2513 del CCyC?

Un testamento posterior revoca al anterior a menos que confirme expresamente las disposiciones del primero. Esto establece un orden claro en la voluntad del testador.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 2513 de la CCyC?

Es esencial revisar la existencia de testamentos anteriores para evitar conflictos en la sucesión y asegurar que se respete la última voluntad del testador.

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