CCyC

Artículo 281. Causa del acto juridico

La causa es el fin inmediato autorizado por el ordenamiento jurídico que determina la voluntad. Los motivos lícitos también forman parte de la causa.

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Texto Legal

- Causa. La causa es el fin inmediato autorizado por el ordenamiento jurídico que ha sido determinante de la voluntad. También integran la causa los motivos exteriorizados cuando sean lícitos y hayan sido incorporados al acto en forma expresa, o tácitamente si son esenciales para ambas partes.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Comprender la causa detrás de un acto jurídico es esencial para validar su legalidad y evitar futuros conflictos legales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 281 del CCyC?

La causa es el fin inmediato autorizado por el ordenamiento jurídico que determina la voluntad. Los motivos lícitos también forman parte de la causa.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 281 de la CCyC?

Comprender la causa detrás de un acto jurídico es esencial para validar su legalidad y evitar futuros conflictos legales.

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