CCyC

Artículo 280. Convalidacion de actos

Los actos jurídicos sujetos a plazo o condición suspensiva son válidos si el objeto se vuelve posible antes del cumplimiento. Esto permite cierta flexibilidad en los contratos.

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Texto Legal

- Convalidación. El acto jurídico sujeto a plazo o condición suspensiva es válido, aunque el objeto haya sido inicialmente imposible, si deviene posible antes del vencimiento del plazo o del cumplimiento de la condición. SECCION 2ª Causa del acto jurídico

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La posibilidad de convalidar actos puede ofrecer oportunidades para renegociar contratos que inicialmente parecían inviables.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 280 del CCyC?

Los actos jurídicos sujetos a plazo o condición suspensiva son válidos si el objeto se vuelve posible antes del cumplimiento. Esto permite cierta flexibilidad en los contratos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 280 de la CCyC?

La posibilidad de convalidar actos puede ofrecer oportunidades para renegociar contratos que inicialmente parecían inviables.

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