Los instrumentos públicos tienen validez en todo el territorio de la Republica, independientemente de la jurisdicción donde se otorguen. Esto garantiza su eficacia en todo el país.
- Competencia. Los instrumentos públicos extendidos de acuerdo con lo que establece este Código gozan de entera fe y producen idénticos efectos en todo el territorio de la República, cualquiera sea la jurisdicción donde se hayan otorgado.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La validez universal de un instrumento público significa que no hay limitaciones geográficas en su aplicación, lo que facilita transacciones y contratos entre partes de diferentes regiones.
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Art. 292. Validez de instrumentos públicos
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