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Artículo 306. Justificacion de identidad

El articulo establece los medios para justificar la identidad de los comparecientes ante un escribano. Se requiere la exhibición de un documento idóneo o la afirmación del conocimiento por parte del escribano.

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Texto Legal

- Justificación de identidad. La identidad de los comparecientes debe justificarse por cualquiera de los siguientes medios: a) por exhibición que se haga al escribano de documento idóneo; en este caso, se debe individualizar el documento y agregar al protocolo reproducción certificada de sus partes pertinentes; b) por afirmación del conocimiento por parte del escribano.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Si no se justifica adecuadamente la identidad, la escritura puede ser considerada nula, lo que genera riesgos legales y posibles impugnaciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 306 del CCyC?

El articulo establece los medios para justificar la identidad de los comparecientes ante un escribano. Se requiere la exhibición de un documento idóneo o la afirmación del conocimiento por parte del escribano.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 306 de la CCyC?

Si no se justifica adecuadamente la identidad, la escritura puede ser considerada nula, lo que genera riesgos legales y posibles impugnaciones.

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