CCyC

Artículo 313. Firma de instrumentos privados

Establece que quienes no pueden firmar pueden usar impresión digital o testigos. Esto asegura la validez de los documentos.

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Texto Legal

- Firma de los instrumentos privados. Si alguno de los firmantes de un instrumento privado no sabe o no puede firmar, puede dejarse constancia de la impresión digital o mediante la presencia de dos testigos que deben suscribir también el instrumento.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

No seguir este procedimiento puede llevar a la impugnación del documento, afectando su validez legal.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 313 del CCyC?

Establece que quienes no pueden firmar pueden usar impresión digital o testigos. Esto asegura la validez de los documentos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 313 de la CCyC?

No seguir este procedimiento puede llevar a la impugnación del documento, afectando su validez legal.

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