El Diario debe registrar todas las operaciones que afectan el patrimonio, permitiendo un seguimiento detallado de las actividades contables.
- Diario. En el Diario se deben registrar todas las operaciones relativas a la actividad de la persona que tienen efecto sobre el patrimonio, individualmente o en registros resumidos que cubran períodos de duración no superiores al mes. Estos resúmenes deben surgir de anotaciones detalladas practicadas en subdiarios, los que deben ser llevados en las formas y condiciones establecidas en los artículos 323, 324 y 325. El registro o Libro Caja y todo otro diario auxiliar que forma parte del sistema de registraciones contables integra el Diario y deben cumplirse las formalidades establecidas para el mismo.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La falta de un Diario bien llevado puede resultar en inconsistencias en los registros contables, lo que podría afectar la credibilidad de la empresa ante auditorías.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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