CCyC

Artículo 334. Simulación lícita e ilícita

La simulación ilícita provoca la nulidad del acto ostensible, mientras que la simulación lícita puede ser válida si cumple con los requisitos legales.

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Texto Legal

- Simulación lícita e ilícita. La simulación ilícita o que perjudica a un tercero provoca la nulidad del acto ostensible. Si el acto simulado encubre otro real, éste es plenamente eficaz si concurren los requisitos propios de su categoría y no es ilícito ni perjudica a un tercero. Las mismas disposiciones rigen en el caso de cláusulas simuladas.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es vital asegurarse de que los actos jurídicos no contengan elementos simulados que puedan ser considerados ilícitos, ya que esto podría resultar en la nulidad y en problemas legales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 334 del CCyC?

La simulación ilícita provoca la nulidad del acto ostensible, mientras que la simulación lícita puede ser válida si cumple con los requisitos legales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 334 de la CCyC?

Es vital asegurarse de que los actos jurídicos no contengan elementos simulados que puedan ser considerados ilícitos, ya que esto podría resultar en la nulidad y en problemas legales.

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