El titular de un derecho sujeto a condición suspensiva puede solicitar medidas conservatorias. Esto protege los derechos mientras se cumple la condición.
- Condición pendiente. El titular de un derecho supeditado a condición suspensiva puede solicitar medidas conservatorias. El adquirente de un derecho sujeto a condición resolutoria puede ejercerlo, pero la otra parte puede solicitar, también medidas conservatorias. En todo supuesto, mientras la condición no se haya cumplido, la parte que constituyó o transmitió un derecho debe comportarse de acuerdo con la buena fe, de modo de no perjudicar a la contraparte.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este artículo permite a las partes proteger sus derechos mientras se espera el cumplimiento de condiciones, lo que puede ser clave en negociaciones.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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