Los individuos con falta de salud mental pueden casarse previa dispensa judicial, garantizando que se evalúe su capacidad para entender el acto matrimonial.
- Falta de salud mental y dispensa judicial. En el supuesto del inciso g) del artículo 403, puede contraerse matrimonio previa dispensa judicial. La decisión judicial requiere dictamen previo del equipo interdisciplinario sobre la comprensión de las consecuencias jurídicas del acto matrimonial y de la aptitud para la vida de relación por parte de la persona afectada. El juez debe mantener una entrevista personal con los futuros contrayentes; también puede hacerlo con su o sus apoyos, representantes legales y cuidadores, si lo considera pertinente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Si existe un problema de salud mental, es crucial obtener el dictamen adecuado antes de casarte. Esto evitará futuros cuestionamientos sobre la validez del matrimonio.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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