El cónyuge afectado por el divorcio puede solicitar una compensación económica si su situación se ve perjudicada. Esta compensación puede ser en forma de pago único, renta o usufructo de bienes.
- Compensación económica. El cónyuge a quien el divorcio produce un desequilibrio manifiesto que signifique un empeoramiento de su situación y que tiene por causa adecuada el vínculo matrimonial y su ruptura, tiene derecho a una compensación. Esta puede consistir en una prestación única, en una renta por tiempo determinado o, excepcionalmente, por plazo indeterminado. Puede pagarse con dinero, con el usufructo de determinados bienes o de cualquier otro modo que acuerden las partes o decida el ju
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Si no se solicita la compensacion a tiempo, se puede perder el derecho a recibirla, lo que puede dejar a un cónyuge en una situación financiera desfavorable tras el divorcio.
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