Uno de los cónyuges puede solicitar el uso de la vivienda familiar, y el juez decide basándose en factores como el cuidado de los hijos y la situación económica de cada cónyuge.
- Atribución del uso de la vivienda. Pautas. Uno de los cónyuges puede pedir la atribución de la vivienda familiar, sea el inmueble propio de cualquiera de los cónyuges o ganancial. El juez determina la procedencia, el plazo de duración y efectos del derecho sobre la base de las siguientes pautas, entre otras: a) la persona a quien se atribuye el cuidado de los hijos; b) la persona que está en situación económica más desventajosa para proveerse de una vivienda por sus propios medios; c) el estado de salud y edad de los cónyuges; d) los intereses de otras personas que integran el grupo familiar.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La atribucion del uso de la vivienda puede afectar la estabilidad del hogar y la situación de los hijos, por lo que es importante considerar quién tiene la mejor capacidad para mantener el hogar.
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