CCyC

Artículo 563. Derecho a la información

Las personas nacidas por tecnicas de reproduccion asistida tienen derecho a conocer su origen y la informacion sobre los donantes. Esto es esencial para su salud y bienestar.

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Texto Legal

- Derecho a la información de las personas nacidas por técnicas de reproducción asistida. La información relativa a que la persona ha nacido por el uso de técnicas de reproducción humana asistida con gametos de un tercero debe constar en el correspondiente legajo base para la inscripción del nacimiento.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

No proporcionar esta informacion puede generar problemas de salud en el futuro, ya que los hijos necesitan conocer antecedentes medicos relevantes.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 563 del CCyC?

Las personas nacidas por tecnicas de reproduccion asistida tienen derecho a conocer su origen y la informacion sobre los donantes. Esto es esencial para su salud y bienestar.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 563 de la CCyC?

No proporcionar esta informacion puede generar problemas de salud en el futuro, ya que los hijos necesitan conocer antecedentes medicos relevantes.

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