CCyC

Artículo 569. Formas de determinacion de filiacion

La filiacion matrimonial se determina por inscripcion, sentencia firme o consentimiento en reproduccion asistida. Cada forma tiene implicaciones legales distintas.

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Texto Legal

- Formas de determinación. La filiación matrimonial queda determinada legalmente y se prueba: a) por la inscripción del nacimiento en el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas y por la prueba del matrimonio, de conformidad con las disposiciones legales respectivas; b) por sentencia firme en juicio de filiación; c) en los supuestos de técnicas de reproducción humana asistida, por el consentimiento previo, informado y libre debidamente inscripto en el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas. CAPITULO 5 Determinación de la filiación extramatrimonial

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

No seguir el procedimiento adecuado para la inscripcion puede resultar en la perdida de derechos sobre el hijo, afectando su estado civil y derechos patrimoniales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 569 del CCyC?

La filiacion matrimonial se determina por inscripcion, sentencia firme o consentimiento en reproduccion asistida. Cada forma tiene implicaciones legales distintas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 569 de la CCyC?

No seguir el procedimiento adecuado para la inscripcion puede resultar en la perdida de derechos sobre el hijo, afectando su estado civil y derechos patrimoniales.

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