La adopción simple mantiene los derechos del vínculo de origen, pero transfiere la responsabilidad parental a los adoptantes. Se establecen derechos de comunicación con la familia de origen.
- Efectos. La adopción simple produce los siguientes efectos: a) como regla, los derechos y deberes que resultan del vínculo de origen no quedan extinguidos por la adopción; sin embargo, la titularidad y el ejercicio de la responsabilidad parental se transfieren a los adoptantes; b) la familia de origen tiene derecho de comunicación con el adoptado, excepto que sea contrario al interés superior del niño; c) el adoptado conserva el derecho a reclamar alimentos a su familia de origen cuando los adoptantes no puedan proveérselos; d) el adoptado que cuenta con la edad y grado de madurez suficiente o los adoptantes, pueden solicitar se mantenga el apellido de origen, sea adicionándole o anteponiéndole el apellido del adoptante o uno de ellos; a falta de petición expresa, la adopción simple se rige por las mismas reglas de la adopción plena; e) el derecho sucesorio se rige por lo dispuesto en el Libro Quinto.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Entender los efectos de la adopción simple es crucial para los adoptantes, ya que deben estar preparados para manejar la comunicación con la familia de origen y las responsabilidades que esto conlleva.
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