El juez debe otorgar el cuidado compartido del hijo como primera alternativa, salvo que no sea posible o perjudicial. Esta regla busca priorizar el bienestar del menor en situaciones de separación de los progenitores.
- Reglas generales. A pedido de uno o ambos progenitores o de oficio, el juez debe otorgar, como primera alternativa, el cuidado compartido del hijo con la modalidad indistinta, excepto que no sea posible o resulte perjudicial para el hijo.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Si no se establece un cuidado compartido, se puede afectar la relación del hijo con uno de los progenitores, lo que puede generar conflictos y afectar emocionalmente al menor.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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