El hijo extramatrimonial no reconocido tiene derecho a alimentos provisorios al demostrar el vínculo. Esto protege los derechos de los hijos en situaciones de filiación incierta.
- Hijo no reconocido. El hijo extramatrimonial no reconocido tiene derecho a alimentos provisorios mediante la acreditación sumaria del vínculo invocado. Si la demanda se promueve antes que el juicio de filiación, en la resolución que determina alimentos provisorios el juez debe establecer un plazo para promover dicha acción, bajo apercibimiento de cesar la cuota fijada mientras esa carga esté incumplida.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este artículo garantiza que los hijos no reconocidos tengan acceso a recursos básicos, lo que es fundamental para su desarrollo y bienestar.
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