Los progenitores pueden celebrar contratos con terceros en nombre de su hijo, siempre que informen al hijo sobre la gestión. Este artículo regula la representación legal del menor.
- Contratos con terceros. Los progenitores pueden celebrar contratos con terceros en nombre de su hijo en los límites de su administración. Deben informar al hijo que cuenta con la edad y grado de madurez suficiente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es esencial mantener al hijo informado sobre los contratos que se celebren en su nombre para fomentar la confianza y evitar malentendidos.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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