CCyC

Artículo 707. Participacion en el proceso

Las personas con capacidad restringida y los niños tienen derecho a ser oídos en los procesos que los afectan, y su opinión debe ser valorada.

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Texto Legal

- Participación en el proceso de personas con capacidad restringida y de niños, niñas y adolescentes. Las personas mayores con capacidad restringida y los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a ser oídos en todos los procesos que los afectan directamente. Su opinión debe ser tenida en cuenta y valorada según su grado de discernimiento y la cuestión debatida en el proceso.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es vital que se escuche a los menores en los procesos que los involucran, ya que su perspectiva puede influir en decisiones importantes. No hacerlo puede llevar a decisiones que no reflejen sus verdaderos intereses.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 707 del CCyC?

Las personas con capacidad restringida y los niños tienen derecho a ser oídos en los procesos que los afectan, y su opinión debe ser valorada.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 707 de la CCyC?

Es vital que se escuche a los menores en los procesos que los involucran, ya que su perspectiva puede influir en decisiones importantes. No hacerlo puede llevar a decisiones que no reflejen sus verdaderos intereses.

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