CCyC

Artículo 708. Acceso limitado al expediente

El acceso al expediente en procesos de familia está restringido a las partes y sus representantes, garantizando la privacidad de la información.

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Texto Legal

- Acceso limitado al expediente. El acceso al expediente en los procesos de familia está limitado a las partes, sus representantes y letrados y a los auxiliares designados en el proceso. En caso de que las actuaciones sean ofrecidas como prueba ante otro juzgado, se debe ordenar su remisión si la finalidad de la petición lo justifica y se garantiza su reserva.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las partes deben estar conscientes de las limitaciones de acceso al expediente, ya que esto puede afectar su estrategia legal. Es recomendable contar con un abogado que gestione adecuadamente esta situación.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 708 del CCyC?

El acceso al expediente en procesos de familia está restringido a las partes y sus representantes, garantizando la privacidad de la información.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 708 de la CCyC?

Las partes deben estar conscientes de las limitaciones de acceso al expediente, ya que esto puede afectar su estrategia legal. Es recomendable contar con un abogado que gestione adecuadamente esta situación.

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