La pena impuesta en la obligacion suple la indemnizacion de daños en caso de mora del deudor. Esto limita las reclamaciones adicionales del acreedor por daños.
- Relación con la indemnización. La pena o multa impuesta en la obligación suple la indemnización de los daños cuando el deudor se constituyó en mora; y el acreedor no tiene derecho a otra indemnización, aunque pruebe que la pena no es reparación suficiente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los acreedores deben ser conscientes de que al aceptar la pena, renuncian a reclamar indemnizaciones adicionales, lo que puede afectar su estrategia de recuperación de deudas.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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