El acreedor puede optar por exigir el cumplimiento de la obligacion o la pena, pero no ambas. Esto le otorga flexibilidad en la gestión de incumplimientos.
- Opciones del acreedor. El acreedor no puede pedir el cumplimiento de la obligación y la pena, sino una de las dos cosas, a su arbitrio, a menos que se haya estipulado la pena por el simple retardo, o que se haya estipulado que por el pago de la pena no se entienda extinguida la obligación principal.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los acreedores deben evaluar cuidadosamente qué opción ejercer ante un incumplimiento, ya que elegir una puede limitar su capacidad de reclamar la otra en el futuro.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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