CCyC

Artículo 80. Legitimados para declarar ausencia

El Ministerio Público y personas con interés legítimo pueden solicitar la declaración de ausencia. Esto asegura que los derechos de los ausentes sean protegidos.

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Texto Legal

- Legitimados. Pueden pedir la declaración de ausencia, el Ministerio Público y toda persona que tenga interés legítimo respecto de los bienes del ausente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Conocer quiénes pueden solicitar la declaración de ausencia es fundamental para actuar en defensa de los derechos patrimoniales de los ausentes.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 80 del CCyC?

El Ministerio Público y personas con interés legítimo pueden solicitar la declaración de ausencia. Esto asegura que los derechos de los ausentes sean protegidos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 80 de la CCyC?

Conocer quiénes pueden solicitar la declaración de ausencia es fundamental para actuar en defensa de los derechos patrimoniales de los ausentes.

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