Los jueces pueden imponer sanciones pecuniarias a quienes no cumplan con deberes jurídicos establecidos en resoluciones judiciales. Estas sanciones deben ser proporcionales a la capacidad económica del deudor.
- Sanciones conminatorias. Los jueces pueden imponer en beneficio del titular del derecho, condenaciones conminatorias de carácter pecuniario a quienes no cumplen deberes jurídicos impuestos en una resolución judicial. Las condenas se deben graduar en proporción al caudal económico de quien debe satisfacerlas y pueden ser dejadas sin efecto o reajustadas si aquél desiste de su resistencia y justifica total o parcialmente su proceder. La observancia de los mandatos judiciales impartidos a las autoridades públicas se rige por las normas propias del derecho administrativo. SECCION 6ª Obligaciones divisibles e indivisibles Parágrafo 1° Obligaciones divisibles
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es crucial cumplir con las resoluciones judiciales, ya que las sanciones pueden impactar financieramente y afectar la reputación del deudor.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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