El deudor puede declarar a cuál obligación se imputa el pago, lo que le otorga control sobre sus deudas. Esta elección debe recaer en deudas líquidas y vencidas.
- Imputación por el deudor. Si las obligaciones para con un solo acreedor tienen por objeto prestaciones de la misma naturaleza, el deudor tiene la facultad de declarar, al tiempo de hacer el pago, por cuál de ellas debe entenderse que lo hace. La elección debe recaer sobre deuda líquida y de plazo vencido. Si adeuda capital e intereses, el pago no puede imputarse a la deuda principal sin consentimiento del acreedor.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La capacidad de imputar pagos permite a los deudores gestionar mejor sus obligaciones, optimizando su flujo de caja y evitando intereses innecesarios.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo