Si el deudor no imputa el pago, el acreedor puede hacerlo, siguiendo ciertas reglas. Esto asegura que las deudas se cancelen de manera ordenada.
- Imputación por el acreedor. Si el deudor no imputa el pago, el acreedor se encuentra facultado a hacerlo en el momento de recibirlo, conforme a estas reglas: a) debe imputarlo a alguna de las deudas líquidas y exigibles; b) una vez canceladas totalmente una o varias deudas, puede aplicar el saldo a la cancelación parcial de cualquiera de las otras.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los acreedores deben estar preparados para imputar pagos adecuadamente, ya que esto puede afectar su contabilidad y la recuperación de deudas.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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