CCyC

Artículo 907. Efectos de la consignacion

La consignacion judicial extingue la deuda desde la notificacion de la demanda si es valida. Si es defectuosa, la extincion ocurre al subsanarse los defectos.

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Texto Legal

- Efectos. La consignación judicial, no impugnada por el acreedor, o declarada válida por reunir los requisitos del pago, extingue la deuda desde el día en que se notifica la demanda. Si la consignación es defectuosa, y el deudor subsana ulteriormente sus defectos, la extinción de la deuda se produce desde la fecha de notificación de la sentencia que la admite.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo asegura que una consignacion valida extinga la deuda, lo que es crucial para la gestion de obligaciones. No cumplir con los requisitos puede dejar la deuda activa.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 907 del CCyC?

La consignacion judicial extingue la deuda desde la notificacion de la demanda si es valida. Si es defectuosa, la extincion ocurre al subsanarse los defectos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 907 de la CCyC?

Este articulo asegura que una consignacion valida extinga la deuda, lo que es crucial para la gestion de obligaciones. No cumplir con los requisitos puede dejar la deuda activa.

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