La dacion en pago se rige por las disposiciones del contrato más afín. El deudor responde por evicción y vicios redhibitorios.
- Reglas aplicables. La dación en pago se rige por las disposiciones aplicables al contrato con el que tenga mayor afinidad. El deudor responde por la evicción y los vicios redhibitorios de lo entregado; estos efectos no hacen renacer la obligación primitiva, excepto pacto expreso y sin perjuicio de terceros. SECCION 5ª Renuncia y remisión
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es fundamental entender las implicaciones de la evicción y los vicios, ya que pueden generar responsabilidades adicionales para el deudor.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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