CCyC

Artículo 945. Renuncia onerosa y gratuita

La renuncia onerosa se rige por principios de contratos onerosos, mientras que la gratuita solo puede ser hecha por quien tiene capacidad para donar.

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Texto Legal

- Renuncia onerosa y gratuita. Si la renuncia se hace por un precio, o a cambio de una ventaja cualquiera, es regida por los principios de los contratos onerosos. La renuncia gratuita de un derecho sólo puede ser hecha por quien tiene capacidad para donar.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Diferenciar entre renuncia onerosa y gratuita es clave para establecer la validez y las implicaciones fiscales de la transacción.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 945 del CCyC?

La renuncia onerosa se rige por principios de contratos onerosos, mientras que la gratuita solo puede ser hecha por quien tiene capacidad para donar.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 945 de la CCyC?

Diferenciar entre renuncia onerosa y gratuita es clave para establecer la validez y las implicaciones fiscales de la transacción.

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