La oferta caduca en caso de muerte o incapacidad del proponente o destinatario antes de la aceptación. Esto protege a las partes de situaciones imprevistas que puedan afectar el contrato.
- Muerte o incapacidad de las partes. La oferta caduca cuando el proponente o el destinatario de ella fallecen o se incapacitan, antes de la recepción de su aceptación. El que aceptó la oferta ignorando la muerte o incapacidad del oferente, y que a consecuencia de su aceptación ha hecho gastos o sufrido pérdidas, tiene derecho a reclamar su reparación.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es importante considerar la salud y situación de las partes al negociar, ya que la muerte o incapacidad puede invalidar la oferta. Esto puede afectar la planificación de acuerdos a largo plazo.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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