Las cartas de intencion son instrumentos que expresan el deseo de negociar sobre bases limitadas. Solo son vinculantes si cumplen con requisitos específicos.
- Cartas de intención. Los instrumentos mediante los cuales una parte, o todas ellas, expresan un consentimiento para negociar sobre ciertas bases, limitado a cuestiones relativas a un futuro contrato, son de interpretación restrictiva. Sólo tienen la fuerza obligatoria de la oferta si cumplen sus requisitos. SECCION 4ª Contratos preliminares
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Si utilizas cartas de intencion, asegúrate de que cumplan con los requisitos necesarios para evitar malentendidos sobre su fuerza vinculante.
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