Las reparaciones ordinarias son aquellas necesarias para la conservación del bien y pueden ser exigidas judicialmente por el propietario. Este artículo define el alcance de las reparaciones que el usufructuario debe realizar.
Reparaciones ordinarias Se consideran reparaciones ordinarias las que exijan los desperfectos que procedan del uso normal de los bienes y sean indispensables para su conservación. El propietario puede exigir judicialmente la ejecución de las reparaciones. El pedido se tramita como incidente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El propietario puede exigir judicialmente estas reparaciones, lo que puede generar costos adicionales para el usufructuario si no se cumplen a tiempo.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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