CC

Artículo 129. Afectacion del patrimonio

Si no se puede inscribir la fundacion, se pueden afectar sus bienes a otras fundaciones similares. Esto asegura que los recursos se utilicen para fines análogos.

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Texto Legal

Afectación del patrimonio a otra fundación De no ser posible la inscripción a que se refiere el artículo 127, la Sala Civil de la Corte Superior de la sede de la fundación, a solicitud del Consejo de Supervigilancia de Fundaciones, del Ministerio Público o de quien tenga legítimo interés, afectará los bienes a otras fundaciones de fines análogos o, si ello no es posible, a otra fundación preferentemente establecida en el mismo distrito judicial. Título III: Comité

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es importante tener un plan de contingencia para la afectacion de bienes, ya que esto puede afectar la operatividad de la fundacion.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 129 del CC?

Si no se puede inscribir la fundacion, se pueden afectar sus bienes a otras fundaciones similares. Esto asegura que los recursos se utilicen para fines análogos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 129 de la CC?

Es importante tener un plan de contingencia para la afectacion de bienes, ya que esto puede afectar la operatividad de la fundacion.

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