A falta de declaración en vida, los familiares del difunto deciden sobre la necropsia y sepultura, respetando el orden establecido. Este articulo regula los derechos de los familiares.
Actos funerarios A falta de declaración hecha en vida, corresponde al cónyuge del difunto, a sus descendientes, ascendientes o hermanos, excluyentemente y en este orden, decidir sobre la necropsia, la incineración y la sepultura sin perjuicio de las normas de orden público pertinentes. Ver jurisprudencia aquí .
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo establece un orden claro para la toma de decisiones funerarias, lo que puede evitar conflictos familiares en momentos de duelo y asegurar que se respeten los deseos del difunto.
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