El deudor pierde el derecho a utilizar el plazo en caso de insolvencia o falta de garantías. Este artículo establece las condiciones bajo las cuales se puede declarar la caducidad del plazo, lo que puede afectar la capacidad del deudor para cumplir con sus obligaciones.
Caducidad de plazo El deudor pierde el derecho a utilizar el plazo: 1. Cuando resulta insolvente después de contraída la obligación, salvo que garantice la deuda. Se presume la insolvencia del deudor si dentro de los quince días de su emplazamiento judicial, no garantiza la deuda o no señala bienes libres de gravamen por valor suficiente para el cumplimiento de su prestación. 2. Cuando no otorgue al acreedor las garantías a que se hubiese comprometido. 3. Cuando las garantías disminuyeren por acto propio del deudor, o desaparecieren por causa no imputable a éste, a menos que sean inmediatamente sustituidas por otras equivalentes, a satisfacción del acreedor. La pérdida del derecho al plazo por las causales indicadas en los incisos precedentes, se declara a petición del interesado y se tramita como proceso sumarísimo. Son especialmente procedentes las medidas cautelares destinadas a asegurar la satisfacción del crédito. Artículo modificado por la Primera Disposición Modificatoria del DL 768 , Código Procesal Civil. El CPC fue publicado el 4 de marzo de 1992 (link: lpd.pe/k6eBx ).
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Si no se garantiza la deuda o se presenta insolvencia, el deudor puede perder el plazo para cumplir, lo que puede llevar a acciones judiciales en su contra y afectar su situación financiera.
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