El dolo incidental no invalida el acto si no determina la voluntad, aunque la parte que actuó de mala fe deberá indemnizar daños. Esto permite que los actos se mantengan válidos a pesar de engaños menores.
Dolo incidental Si el engaño no es de tal naturaleza que haya determinado la voluntad, el acto será válido, aunque sin él se hubiese concluido en condiciones distintas; pero la parte que actuó de mala fe responderá de la indemnización de daños y perjuicios.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Si un engaño no afecta la decisión final, el acto sigue en pie, pero si se actua de mala fe, hay riesgo de demandas por daños.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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