El matrimonio civil puede celebrarse en comunidades campesinas ante un comité especial. Se establece un procedimiento específico para estas celebraciones.
Celebración del matrimonio en comunidades campesinas y nativas El matrimonio civil puede tramitarse y celebrarse también en las comunidades campesinas y nativas, ante un comité especial constituido por la autoridad educativa e integrado por los dos directivos de mayor jerarquía de la respectiva comunidad. La presidencia del comité recae en uno de los directivos de mayor jerarquía de la comunidad.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Si perteneces a una comunidad campesina, es importante seguir el procedimiento establecido para asegurar que el matrimonio sea válido. La falta de cumplimiento podría generar problemas legales.
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Art. 261. Celebración en distinta jurisdicción
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Art. 263. Facultad del jefe de registro
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