CC

Artículo 290. Igualdad en el hogar

Ambos cónyuges tienen derechos y deberes iguales en la gestión del hogar. Esto promueve la equidad en la relación conyugal.

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Texto Legal

Igualdad en el hogar Ambos cónyuges tienen el deber y el derecho de participar en el gobierno del hogar y de cooperar al mejor desenvolvimiento del mismo. A ambos compete, igualmente, fijar y mudar el domicilio conyugal y decidir las cuestiones referentes a la economía del hogar. Ver jurisprudencia aquí .

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Fomentar la igualdad en el hogar puede prevenir conflictos y malentendidos, asegurando una mejor convivencia entre los cónyuges.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 290 del CC?

Ambos cónyuges tienen derechos y deberes iguales en la gestión del hogar. Esto promueve la equidad en la relación conyugal.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 290 de la CC?

Fomentar la igualdad en el hogar puede prevenir conflictos y malentendidos, asegurando una mejor convivencia entre los cónyuges.

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