El divorcio y la separación de cuerpos no afectan los deberes religiosos que las partes tienen. Esto mantiene la integridad de las obligaciones religiosas independientemente de la situación civil.
Continuidad de los deberes religiosos Las disposiciones de la ley sobre el divorcio y la separación de cuerpos no se extienden más allá de sus efectos civiles y dejan íntegros los deberes que la religión impone. Sección tercera: Sociedad paterno-filial Título I: Filiación matrimonial Capítulo primero: Hijos matrimoniales
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es importante considerar que, aunque el divorcio civil se haya concretado, las obligaciones religiosas pueden seguir vigentes, lo que podría influir en decisiones personales o familiares.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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