CC

Artículo 400. Plazo para negar el reconocimiento

El plazo para negar el reconocimiento es de noventa días desde que se tiene conocimiento del acto. Esto establece un límite temporal para acciones legales.

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Texto Legal

Plazo para negar el reconocimiento El plazo para negar el reconocimiento es de noventa días, a partir de aquel en que se tuvo conocimiento del acto. Ver jurisprudencia aquí .

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Conocer este plazo es vital para actuar a tiempo y evitar que se consoliden derechos que podrían ser cuestionados.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 400 del CC?

El plazo para negar el reconocimiento es de noventa días desde que se tiene conocimiento del acto. Esto establece un límite temporal para acciones legales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 400 de la CC?

Conocer este plazo es vital para actuar a tiempo y evitar que se consoliden derechos que podrían ser cuestionados.

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