CC

Artículo 446. Pérdida de la administración y usufructo legal

Quien pone en peligro los bienes de los hijos al ejercer la patria potestad pierde la administración y usufructo legal. Esto protege los intereses de los menores.

pérdidaadministraciónpatria potestad

Texto Legal

Pérdida de la administración y usufructo legal Quien pone en peligro los bienes de los hijos al ejercer la patria potestad pierde la administración y el usufructo legal.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo es vital para garantizar que los padres actúen en el mejor interés de sus hijos, ya que cualquier acción que ponga en riesgo los bienes puede resultar en la pérdida de derechos patrimoniales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 446 del CC?

Quien pone en peligro los bienes de los hijos al ejercer la patria potestad pierde la administración y usufructo legal. Esto protege los intereses de los menores.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 446 de la CC?

Este articulo es vital para garantizar que los padres actúen en el mejor interés de sus hijos, ya que cualquier acción que ponga en riesgo los bienes puede resultar en la pérdida de derechos patrimoniales.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 446 del CC?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 446 CC desde tu celular