En ausencia de un tutor nombrado, los abuelos y ascendientes asumen la tutela, priorizando al más cercano. Esto garantiza que los menores siempre tengan un tutor designado.
Tutor legítimo A falta de tutor nombrado en testamento o por escritura pública, desempeñan el cargo los abuelos y demás ascendientes, prefiriéndose: 1. El más próximo al más remoto. 2. El más idóneo, en igualdad de grado. La preferencia la decide el juez oyendo al consejo de familia. Ver jurisprudencia aquí .
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Conocer quiénes son los tutores legítimos te permite planificar mejor la protección de tus hijos y evitar que queden desamparados.
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