El juez puede dictar medidas cautelares para proteger al menor y sus bienes hasta que se designe un tutor o se discierna la tutela.
Medidas cautelares Mientras no se nombre tutor o no se discierna la tutela, el juez, de oficio o a pedido del Ministerio Público, dictará todas las providencias que fueren necesarias para el cuidado de la persona y la seguridad de los bienes del menor.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este artículo permite al juez actuar proactivamente para proteger al menor, lo que puede evitar situaciones de abuso o negligencia en la tutela.
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