El tutor legitimo de un menor no esta sujeto al consejo de familia, salvo en casos especificos. Esto define la autonomia del tutor en la gestion de la curatela.
Tutor no sujeto al Consejo de Familia El tutor legítimo de un menor, que ejerce la curatela sobre el padre o la madre de éste, no se hallará sujeto a consejo de familia sino en los casos en que lo estarían los padres.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El tutor tiene mayor libertad en la gestion de los asuntos del menor, pero debe ser consciente de los casos en que debe consultar al consejo de familia para evitar problemas legales.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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