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Artículo 713. Personas para testamento militar

El testamento militar puede ser otorgado ante un oficial o jefe del destacamento, en presencia de testigos. Se establecen formalidades para asegurar su validez.

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Texto Legal

Personas ante quienes se puede otorgar testamento militar El testamento militar puede ser otorgado ante un oficial, o ante el jefe del destacamento, puesto o comando al que pertenezca el testador, aunque dicho jefe no tenga la clase de oficial, o ante el médico o el capellán que lo asistan, si el testador está herido o enfermo, y en presencia de dos testigos. Son formalidades de este testamento que conste por escrito y que sea firmado por el testador, por la persona ante la cual es otorgado y por los testigos.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es crucial seguir las formalidades establecidas para evitar la nulidad del testamento militar, lo que podría complicar la sucesion de bienes.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 713 del CC?

El testamento militar puede ser otorgado ante un oficial o jefe del destacamento, en presencia de testigos. Se establecen formalidades para asegurar su validez.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 713 de la CC?

Es crucial seguir las formalidades establecidas para evitar la nulidad del testamento militar, lo que podría complicar la sucesion de bienes.

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