El legatario adquiere el bien legado en el estado en que se encuentre al momento de la muerte del testador, asumiendo riesgos de perdida o deterioro.
Legado de bien determinado En el legado de bien determinado no sujeto a condición o plazo, el legatario lo adquiere en el estado en que se halle a la muerte del testador. Desde ese momento le corresponden los frutos del bien legado y asume el riesgo de su pérdida o deterioro, salvo dolo o culpa de quien lo tuviere en su poder.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo es vital para los legatarios, ya que implica que deben estar preparados para aceptar un bien que puede no estar en las mejores condiciones, afectando su decision de aceptar el legado.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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