CC

Artículo 782. Ejercicio concurrente o sucesivo del albacea

Si no se especifica, los albaceas ejercerán su cargo sucesivamente. Esto puede afectar la rapidez con que se ejecuten las disposiciones testamentarias.

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Texto Legal

Ejercicio concurrente o sucesivo del albacea Si el testador no dispone que los albaceas actúen conjuntamente, ni les atribuye funciones específicas a cada uno de ellos, desempeñarán el cargo sucesivamente, unos a falta de otros, en el orden en que se les ha designado. Ver jurisprudencia aquí .

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La falta de claridad en el ejercicio de funciones de los albaceas puede generar demoras en la administración de la herencia, lo que podría perjudicar a los herederos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 782 del CC?

Si no se especifica, los albaceas ejercerán su cargo sucesivamente. Esto puede afectar la rapidez con que se ejecuten las disposiciones testamentarias.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 782 de la CC?

La falta de claridad en el ejercicio de funciones de los albaceas puede generar demoras en la administración de la herencia, lo que podría perjudicar a los herederos.

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