Los albaceas no son representantes de la testamentaría para demandar, salvo en los casos específicos relacionados con su cargo. Esto limita su capacidad de actuar en juicio.
Personería específica de los albaceas Los albaceas no son representantes de la testamentaría para demandar ni responder en juicio, sino tratándose de los encargos del testador, de la administración que les corresponde y del caso del artículo 787, inciso 10. Ver jurisprudencia aquí .
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es importante que los albaceas conozcan sus limitaciones en cuanto a la representación legal, ya que pueden necesitar apoyo legal para actuar en ciertos casos.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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